INTERPRETACION DEL DERECHO:
La aplicación del Derecho y la interpretación.
relaciones intersubjetivas con trascendencia
jurídica. Esta regulación se realiza a través de la
aplicación del conjunto de normas jurídicas que
constituyen el derecho objetivo y positivo. La
aplicación del Derecho debe consistir entonces en la culminación de
un proceso lógico mental
que se da desde una regla general hasta la adopción de una decisión particular. La
aplicación de
las normas jurídicas se caracteriza, de este modo, como manifestación de la vigencia del
derecho.
Pero el supuesto de hecho de la norma es siempre de carácter general en relación a la descripción
del hecho al cual habrá de ser aplicado, surge entonces la necesidad de
subsumir adecuadamente este último dentro de aquél, lo que se consigue a
través de la interpretación.
Las Normas Jurídicas en las que el Derecho vigente se encuentra plasmado
se expresan mediante el lenguaje,
pero éste,
al prescribir una norma, puede ser oscuro y/o dudoso, puede tener un trasfondo
doctrinario y/o un
sentido
técnico, etc., en fin, puede a primera impresión expresar no precisamente la
voluntad del legislador;
de
repente no con exactitud y probablemente hasta ni siquiera cercanamente podría
contener la intención que
éste
tuvo para sancionar la norma que se ha puesto en vigencia, o dicha norma puede
incluso ser reproducción
cercana
o fiel de una norma extranjera, en cuyo caso es posible que ni el legislador
supiera el sentido exacto
y
cabal de la norma que habría puesto en vigencia. Los hechos, a su vez, pueden
ser tan variados y diversos
que no se dejan prever total e inequívocamente por las normas jurídicas.
.jpg)